I.- Conducir los Trabajos Legislativos del Congreso;
II.- Proponer los esquemas para la vinculación política con los ámbitos de Gobierno Federal, Estatal y Municipal y en su caso, con los Organismos Internacionales similares;
III.- Coadyuvar en el desarrollo de los Trabajos del Congreso, así como elaborar propuestas para el mejoramiento del mismo;
IV.- Impulsar la conformación de Acuerdos relacionados con el contenido de los asuntos que requieran de su votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo Legislativo;
V.- Proponer al Pleno del Congreso, la integración de las Comisiones Permanentes y Especiales, así como de Comités que se acuerden;
VI.- Formular la Agenda Legislativa que regirá los trabajos en cada período de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, así como de la Diputación Permanente; y
VII.- Las demás que le encomiende el Pleno del Congreso, la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos legales.