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Atribuciones

  1. I.- Conducir los Trabajos Legislativos del Congreso;

  2. II.- Proponer los esquemas para la vinculación política con los ámbitos de Gobierno Federal, Estatal y Municipal y en su caso, con los Organismos Internacionales similares;

  3. III.- Coadyuvar en el desarrollo de los Trabajos del Congreso, así como elaborar propuestas para el mejoramiento del mismo;

  4. IV.- Impulsar la conformación de Acuerdos relacionados con el contenido de los asuntos que requieran de su votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo Legislativo;

  5. V.- Proponer al Pleno del Congreso, la integración de las Comisiones Permanentes y Especiales, así como de Comités que se acuerden;

  6. VI.- Formular la Agenda Legislativa que regirá los trabajos en cada período de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias, así como de la Diputación Permanente; y

  7. VII.- Las demás que le encomiende el Pleno del Congreso, la presente Ley, su Reglamento y demás ordenamientos legales.

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